COMUNICADO EN RELACIÓN AL NUEVO PROYECTO DE LEY DE PERROS POTENCIALMEMTE PELIGROSOS (CHILE).

Dra. Maria José Ubilla
Médico veterinario
MSc Etología y Bienestar Animal
PhD (c) Comportamiento Animal y Humano
Presidenta Sociedad de Etología clínica veterinaria de Chile, SECVECH


Lo primero que quiero dejar en claro es que estoy de acuerdo en que se legisle sobre la tenencia responsable de mascotas y el bienestar animal, que son temas absolutamente importantes y necesarios en nuestra sociedad y que van de la mano con este proyecto de ley sobre perros potencialmente peligrosos, sin embargo hay varios puntos en este proyecto de ley que dejan bastantes interrogantes y otros que ni siquiera se han considerado. Uno de estos puntos y que me llama enormemente la atención es la falta del concepto de educación de la población o de los dueños de los llamados perros potencialmente peligrosos o de la asesoría preselección de un futuro dueño de un perro considerado como tal. El proyecto define las exigencias, multas y sanciones a las que serán sometidos los propietarios de estos perros, sin considerar el cómo prevenir llegar a una sanción.
Otro punto que merece discusión es el tema de quienes están afectos a la ley y en este hago mención a la estigmatización racial y a la consideración de perros con conducta “inestable”:

• RAZA.

Debemos tener presente que las características fenotípicas de un animal están dadas en parte por genotipo y en parte por el ambiente. Considerando esto, el comportamiento de un animal está influido en gran medida por las experiencias vividas durante las etapas de desarrollo, el aprendizaje, el entorno en general, la socialización, etc., como a su vez por sus genes. Así por ejemplo la falta del establecimiento de jerarquía en un entorno doméstico puede provocar que cualquier perro, independiente de su raza, muestre un comportamiento agresivo hacia sus dueños; lo mismo ocurre con la falta de socialización interespecífica, que puede incidir en la presentación de agresividad hacia extraños.
Si bien las razas que considera el proyecto de ley como potencialmente peligrosas tienen características anatómicas que deben ser consideradas en un potencial episodio agresivo (hacia humanos o animales), no deberían ser causantes de problemas siempre que los dueños de estas tengan claridad absoluta sobre lo que significa la tenencia responsable y asuman un compromiso real y ético en la educación, períodos sensibles de desarrollo, socialización intra e interespecífica, etc. de sus animales.

• PERROS QUE A JUICIO DE LA AUTORIDAD SANITARIA MUESTREN UN COMPORTAMIENTO AGRESIVO O INESTABLE.

La autoridad sanitaria no tiene las competencias necesarias para determinar si la conducta de un can es agresiva o “inestable”. Los encargados de determinar algún trastorno de comportamiento son exclusivamente Médicos Veterinarios con especialización en Etología Clínica, por lo tanto el proyecto de ley debería dejar en claro quiénes serán los encargados de este punto.

Por otro lado, dentro de las exigencias de la ley está la inscripción de los perros potencialmente peligrosos en un registro público, que hasta el momento se desconoce si incurrirá en un gasto para el dueño o no. El resto de las exigencias (seguro de responsabilidad civil por daños a terceros; certificado psicológico o psiquiátrico de los dueños; clases de entrenamiento en obediencia; albergue de los animales en instalaciones seguras y resistentes que impidan la huída de los animales) incidirá en un gasto económico importante para los propietarios afectados por la ley, lo que a mi juicio, llevará a un aumento del abandono de animales, teniendo en cuenta que nuestro país se caracteriza por la tenencia irresponsable de mascotas y la falta de consideración del bienestar de estas, por lo que se generará un problema aún mayor al existente de sobrepoblación de perros vagabundos y asilvestrados y que las autoridades han sido incapaces de resolver. También puede ocurrir que propietarios de estas razas las tengan en clandestinidad y encierro, lo que puede generar un problema importante de trastornos de comportamiento, debido a la no socialización con el entorno en general de los animales y venta de animales mantenidos en condiciones empobrecidas de estímulos que repercutirán en el comportamiento y relación hacia el humano.

Por último, debo recalcar que varios países desarrollados (Bélgica, Holanda, España) han promulgado leyes similares y se han visto obligados a modificarlas de manera importante o eliminarlas debido su difícil aplicación, por qué debe ser distinto en nuestro país que además está muy alejado en cuestiones sobre bienestar animal y tenencia responsable de estos países.